Ley 3337 de NEUQUEN


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    LEY 3.337
    NEUQUEN, 20 de Mayo de 2022
    Boletín Oficial, 24 de Junio de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º: Se declara la ciudad de San Martín de los Andes Capital Provincial del Cicloturismo.

    Artículo 2º: El Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para ejecutar lo dispuesto en el artículo 1º, a través de políticas de promoción, difusión y desarrollo de la ciudad de San Martín de los Andes en su carácter de Capital Provincial del Cicloturismo.

    Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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