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- SENTENCIA
- 22 de Junio de 2022
- JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO 12. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Macarena Marra Giménez
Corresponde ordenar, como medida interina, la suspensión del vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales, debido a los problemas en los aplicativos web, puesto que en el caso se encuentran en juego derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos, dado que la composición de clase está constituida por la totalidad de los profesionales matriculados en Ciencias Económicas en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, y resulta razonable la realización de un solo juicio con efectos expansivos de la cosa juzgada del pronunciamiento que se dicte. En consecuencia, corresponde disponer la medida interina en los términos del art. 4 inc. 1, tercer párrafo, de la Ley 26.854, mientras se sustancia el pedido de medida cautelar urgente.
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Carátula: Consejo Profesional de Ciencias Económicas CABA c/ E.N. - AFIP - Ley 20628 23966 s/ amparo Ley 16986
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual