Ley 9532 de TUCUMAN


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    LEY 9.532
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 10 de Marzo de 2022
    Boletín Oficial, 11 de Mayo de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la localidad de Choromoro, departamento Trancas, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 499.529; Circunscripción: 2; Sección: A; Lámina: 36 M 1; Parcela: 137; Matrícula: 25.468; Orden: 217, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° X-2183.

    Art. 2°.- El inmueble descripto en el Artículo 1° será destinado a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, y serán transferidos en venta a los que reúnan los siguientes requisitos:

    1) Tener constituido un núcleo familiar; y, 2) No ser propietario o adjudicatario por legislación similar.

    Art. 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, realice los trabajos de relevamiento social, planimetría y determinación de los beneficiarios.

    Art. 4°.- Prohíbase al adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble descripto en el Artículo 1° por un período de diez (10) años, contados a partir del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio y/o hasta la cancelación total del precio establecido.

    Art. 5°.- Facúltase a la Escribanía de Gobierno de la Provincia, para la elaboración de las escrituras traslativas de dominio a favor de los beneficiarios de la presente Ley.

    Art. 6°.- Comuníquese.

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