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- DECRETO 1.032/2022
- SAN LUIS, 15 de Marzo de 2022
- Boletín Oficial, 2 de Mayo de 2022
- Vigente, de alcance general
Art. 1º.- Conformar a partir del 02 de marzo del año 2022, la estructura orgánico funcional de la Secretaría General de la Gobernación, de la siguiente manera:
1- SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION - Coordinación - Consejo Consultivo - Secretaría Privada de la Gobernación - Asistencia General de Gobernación - Subprograma Coordinación - Secretaría Privada de la Vicegobernación - Oficina Despacho - Oficina Prensa - Oficina Protocolo - Área Legal, Técnica y Administrativa de la Vicegobernación - Área Relaciones Institucionales de la Vicegobernación - Secretaría Privada de la Secretaría General de la Gobernación - Oficina Despacho - Área Mesa de Entradas y Recursos de Personal - Área Control de las Secretarías de Estado - Área Organización y Análisis de las Secretarías de Estado - Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo - PROGRAMA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTABLE - Oficina de Programación Presupuestaria, Bancos y Conciliaciones - Área Control y Rendición del Gasto - Área Administrativa 1.2. DIRECCIÓN CASA DE SAN LUIS EN BUENOS AIRES 1.2.1. Subprograma Administrativo y Contable 1.2.2. Subprograma Asuntos Legales 1.3. SECRETARIA LEGAL Y TECNICA 1.3.1. Subprograma Control y Gestión Legal 1.3.2. Oficina Control Administrativo 1.3.3. Área Control Legal y Técnico 1 1.3.4. Área Control Legal y Técnico 2 1.3.5. Área Control Legal y Técnico 3 1.3.6. Área Control Legal y Técnico 4 1.3.7. Área Control Legal y Técnico 5 1.3.8. Área Control Legal y Técnico 6 1.3.9. Área Control Legal y Técnico 7 1.3.10. Área Control Legal y Técnico 8 1.3.11. Área Registro de Decretos 1.3.12. Área Boletín Oficial y Judicial 1.4. PROGRAMA CONTROL DE GESTION 1.5. PROGRAMA EDIFICIOS PÚBLICOS Y ACERVO CULTURAL 1.5.1. Área Terrazas del Portezuelo 1.6 PROGRAMA CENTRO DE ACTIVIDADES HIPICAS TERRAZAS DEL PORTEZUELO - Área Contable 1.6.1 SUBPROGRAMA CENTRO DE ACTIVIDADES HÍPICAS TERRAZAS DEL PORTEZUELO 16.1.1. Área Administrativa y Coordinación de Recursos 1.6.1.2. Área Control y Sanidad Equina 1.6.1.3 Área Comunicación y Coordinación de Actividades Ecuestres 1.6.1.4. Área Mantenimiento y Supervisión de Infraestructura 1.6.1.5. Área Organización y Gestión CAHLP (Centro de Actividades Hípicas La Pedrera-Villa Mercedes) 1.6.2. SUBPROGRAMA EQUINOTERAPIA 1.6.2.1 Área Coordinación y Manejo de Equipo Interdiciplinario 1.6.2.2. Área Proyección Social y Abordaje a la Discapacidad 1.6.2.3. Área Métodos de Capacitación, Identificación y Evaluación de Planes 1.6.2.4. Área Coordinación Supervisión y Gestión del CELP (Centro de Equinoterapia La Pedrera-Villa Mercedes) 1.7 PROGRAMA FESTIVALES PUNTANOS 1.7.1. Oficina Administrativa 1.7.2 Área Planificación de Eventos 1.7.3 Área Logística 1.7.4. Área Coordinación del Interior 1.7.5. Área Prensa y Difusión 1.8. SEGURIDAD TERRAZAS DEL PORTEZUELO 1.8.1. Guardia Residencia y Despacho 1.8.2. Guardia Terrazas del Portezuelo 1.8.3. Policía Montada 1.9. ADMINISTRACIÓN DEL ORGANISMO DESCONCENTRADO COMPLEJO MOLINO FÉNIX 1.9.1. Subprograma Casa de la Música 1.9.1.1. Área Eventos 1.10. ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - Área Informática
Art. 2º.- Son funciones de las dependencias de Secretaría General de la Gobernación, las siguientes:
Coordinación a) Proporcionar al Secretario General de la Gobernación toda la información que se le requiera sobre la Administración Pública y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las acciones, metas y objetivos de Gobierno.
b) Asesorar al Secretario General de la Gobernación en todo lo relacionado con la Secretaría.
c) Proponer estrategias y acciones para el cumplimiento de los planes de gobierno.
CONSEJO CONSULTIVO Asesorar al señor Gobernador de la Provincia.
Secretaria Privada de la Gobernación Organizar el régimen de audiencias del Señor Gobernador de la Provincia.
- Asistencia General de Gobernación Asistir al señor Gobernador de la Provincia -Subprograma Coordinación Coordinar los actos de gobierno en los que asistan funcionarios en representación del Poder Ejecutivo Provincial Secretaría Privada de la Vicegobernación Organizar el régimen de audiencias del Señor Vicegobernador de la Provincia Oficina Despacho:
a) Centralizar y coordinar el despacho de la Vicegobernación, fiscalizando los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas, y demás documentación que ingrese o salga del organismo. Controlar toda documentación que deba ser suscripta por el Vice Gobernador.
b) Proyectar todos los actos administrativos que genere la Vicegobernación.- Oficina Prensa:
a) Cubrir periodística y gráficamente las actividades del Vicegobernador.
b) Recopilar la información diaria de importancia para la Vicegobernación.
c) Llevar el archivo de la documentación periodística.
d) Supervisar y orientar las relaciones con la prensa y suministrar a los medios la información oficial debidamente procesada en tiempo y forma. Citar a conferencia de prensa los medios de difusión cuando sea requerido por el Vicegobernador.
e) Difundir los objetivos, acciones y actividades de la Vicegobernación.
f) Procurar la apertura de canales de comunicación y de diálogo con la comunidad.
Oficina Protocolo:
a) Coordinar y acompañar en las actividades oficiales al señor Vicegobernador de la Provincia.
b) Informar al Vicegobernador de las invitaciones a las distintas actividades protocolares y proponer actividades institucionales a desarrollar a través de la Vicegobernación.
c) Disponer la avanzada en los lugares donde se desarrollen las actividades, previa a la asistencia del Vicegobernador.
Área Legal, Técnica y Administrativa de la Vicegobernación Dictaminar y asesorar en todo asunto y/o expediente, actuando como servicio jurídico cuando la normativa lo exija, o a requerimiento del señor Vicegobernador y/o Secretario General de la Gobernación.
Área Relaciones Institucionales de la Vicegobernación a) Coordinar el régimen de audiencias del Señor Vicegobernador.
b) Supervisar y orientar las relaciones con la prensa y suministrar la información oficial correspondiente a la actividad de la Vicegobernación.
c) Procurar la apertura de canales de comunicación y de diálogo con la comunidad desde la Vicegobernación.
d) Coordinar las relaciones institucionales de la Vicegobernación con los demás Poderes y organismos nacionales, provinciales y municipales como así también con entidades privadas, Organizaciones no gubernamentales (ONGs) y organismos de bien público.
Secretaria Privada de la Secretaria General de la Gobernación Organizar el régimen de audiencias del señor Secretario General de la Gobernación.
Oficina Despacho a) Recepcionar, centralizar y coordinar el despacho de la Secretaría General de la Gobernación y de las Secretarías de Estado y de toda documentación que deba ser suscripta por el Secretario General de la Gobernación, conforme la competencia que le asigne la Ley de Ministerios, la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público y demás normas administrativas aplicables a los asuntos y cuestiones en trámite.
b) Recepcionar y centralizar la documentación dirigida al Poder Ejecutivo y someterla a consideración del señor Secretario General de la Gobernación, para la distribución de la misma a los respectivos Ministerios.
c) Elaborar bajo la supervisión y control del Secretario General de la Gobernación, los proyectos de decretos, resoluciones, circulares, memorándum y demás actos que resulten necesarios para la decisión de los asuntos que tramitan en el área y confección definitiva de los mismos para ser sometidos a la firma de las autoridades y funcionarios que corresponda.
d) Organizar y fiscalizar los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas, y demás documentación que ingrese o salga del organismo.
e) Atención y fiscalización de todo lo referido al despacho y movimiento administrativo de la Secretaría General de la Gobernación.
f) Supervisar al personal e impartir instrucciones para el óptimo funcionamiento de la Oficina Despacho.
g) En general, lo establecido en el Decreto Nº 924-SG-95 o norma que la reemplace.
Área Mesa de Entradas y Recursos de Personal a) Recepcionar y distribuir a sus respectivas Áreas, toda documentación que ingrese al Despacho de la Secretaría General de la Gobernación.- b) Organizar y clasificar los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas, y demás documentación de la Secretaría General de la Gobernación, que ingresen o egresen del organismo.
c) Controlar y realizar el seguimiento de los expedientes que se generen desde el despacho de la Secretaría General de la Gobernación.
d) Mantener actualizados los legajos del personal contratado de la Secretaría General de la Gobernación.
Área Control de las Secretarías de Estado a) Recepcionar y coordinar el despacho de las Secretarías de Estado y de toda documentación que deba ser suscripta por el Secretario General de la Gobernación, bajo la supervisión y control de la Oficina Despacho, conforme la competencia que le asigne la Ley de Ministerios, la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público y demás normas administrativas aplicables a los asuntos y cuestiones en trámite.
b) Análisis y corrección de los proyectos de Decreto de las Secretarias de Estado y demás actos que resulten necesarios para la decisión de los asuntos que tramitan en el área, para ser sometidos a la firma de las autoridades y funcionarios que corresponda.
c) Atención y fiscalización de todo lo referido al movimiento administrativo de las Secretarias de Estado.
d) En general, lo establecido en el Decreto Nº 924-SG-95 o norma que la reemplace.
Área Organización y Análisis de las Secretarías de Estado a) Análisis y corrección de los proyectos de Decreto de las Secretarias de Estado y demás actos que resulten necesarios para la decisión de los asuntos que tramitan en el área, para ser sometidos a la firma de las autoridades y funcionarios que corresponda.
b) Organización de todo lo referido al movimiento administrativo de las Secretarias de Estado.
c) En general, lo establecido en el Decreto Nº 924-SG-95 o norma que la reemplace.
Programa Gestión Administrativa y Contable a) Elaborar lo relacionado con la gestión contable de las unidades ejecutoras y/o dependencias de la Secretaría que se determine, conforme lo establecido en la Ley Nº VIII-0256-2004, Decreto reglamentario o normas que las reemplacen y/o modifiquen.
b) Entender el proceso de asignación de fondos administrando las prioridades financieras.
Oficina de Programación Presupuestaria, Bancos y Conciliaciones a) Analizar el presupuesto de la Secretaría y administrar las partidas presupuestarias correspondientes, procurando la eficiente ejecución del presupuesto anual.
b) Elaborar lo relacionado con la ejecución contable y financiera de las unidades ejecutoras y/o dependencias de la Secretaría que se determine conforme lo establecido en la Ley Nº VIII-0256-2004 Decreto reglamentario o normas que las reemplacen y/o modifiquen.
c) Elaborar la programación mensual de cada unidad ejecutora dependiente de la Secretaría.
d) Organizar y coordinar lo referente a transferencias bancarias y/o depósitos.
e) Organizar, controlar y optimizar el procedimiento de conciliaciones bancarias.
Área Control y Rendición del Gasto a) Recopilar, evaluar y procesar en tiempo y forma la documentación de las rendiciones de la Secretaría b) Controlar el procedimiento y recepción de la documentación pertinente c) Digitalizar las rendiciones Área Administrativa a) Coordinar y controlar todos los procesos de compras y contrataciones de la Secretaría.
b) Efectuar las imputaciones, emisión de órdenes de pago y el correspondiente control presupuestario.
c) Controlar viáticos dentro y fuera de la provincia y emitir las correspondientes orden de salida, planilla y orden de pago.
d) Programar, organizar, controlar y optimizar los recursos humanos que el Programa necesite para el desarrollo de sus funciones.
Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a) Recepción de toda presentación que se realice ante los organismos públicos y su derivación al área que corresponda, informando sobre los antecedentes que existan relacionados al caso.
b) Atención del servicio de envío de correspondencia por el sistema "Puerta a Puerta" y su distribución a los organismos destinatarios.
c) Recepción y envío de los despachos postales y/o telegráficos, originados en los organismos que se determine.
d) Distribución a los destinatarios de toda documentación que ingrese a través de la dependencia.
e) Régimen de vistas y notificaciones de los actos administrativos emanados de los organismos de la Administración Pública.
f) Atención al público orientándole sobre el estado de su trámite.
g) Apoyo a las diversas áreas con relación al sistema informatizado de movimiento de Expedientes.
h) En general, cumplir el procedimiento administrativo conforme lo establecido en la Ley Nº VI-0156-2004 y Decreto Nº 4497-MLyRI-2004 y sus modificaciones o normas que los reemplacen.
i) Mantener las comunicaciones radioeléctricas entre las autoridades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del orden nacional y sus similares del orden provincial y municipal de todo el país a fin de facilitar la función de gobierno.
j) Archivo administrativo.
1.2. DIRECCIÓN CASA DE SAN LUIS EN BUENOS AIRES a) Asistir a personas de San Luis y en tránsito, que requieran ayuda y/o colaboración para distintos trámites.
b) Asistir y colaborar en las reuniones que lleven a cabo en el Organismo funcionarios del Gobierno de la Provincia.
c) Derivar, orientar y efectuar control de pacientes derivados de la Provincia y residentes puntanos radicados en Buenos Aires para su atención asistencial, ambulatoria o de internación.
d) Promover y difundir el potencial turístico de la Provincia. Asistir a eventos relacionados con la actividad.
e) Difundir el acervo cultural de la Provincia.
f) Asesorar y orientar a los interesados en materia previsional, laboral, habitacional, impositivo, entre otros.
g) Difundir el potencial económico de la Provincia.
h) Asesorar, apoyar y colaborar con las diversas áreas del Gobierno conforme sus competencias específicas.
1.2.1. Subprograma Administrativo y Contable a) Estructurar e implementar un régimen de funcionamiento del Organismo, eficiente y eficaz.
b) Atender las necesidades administrativas del Organismo.
c) Ejecutar el régimen de compras, en el ámbito de su competencia.
d) Lo relacionado a la gestión contable de la Unidad Ejecutora conforme Ley de Presupuesto o norma que la sustituya.
1.2.2. Subprograma Asuntos Legales a) Brindar el asesoramiento jurídico al Organismo en todo asunto que así lo requiera y/o a solicitud de la Dirección.
b) Depender directamente de Fiscalía de Estado, en la tramitación de todo asunto de competencia de dicha repartición.
c) Emitir opinión o juicio, previo a la formación de la voluntad administrativa del Organismo en especial cuando el acto administrativo a dictarse pudiera lesionar situaciones jurídicas subjetivas.
d) Producir dictamen jurídico previo a la resolución de los recursos administrativos que se interpongan ante las autoridades del Organismo.
e) Asesorar y orientar a los interesados en materia previsional, laboral, habitacional e impositivo.
1.3 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA a) Asesorar sobre la constitucionalidad y legalidad de las normas que deban ser sometidos a la firma del titular del Poder Ejecutivo Provincial, así como los proyectos de Ley a remitir al Poder Legislativo.
b) Dirigir el Registro de Leyes y Decretos y la publicación del Boletín Oficial y Judicial.
c) Organizar y dirigir las tareas de los organismos de su dependencia.
1.3.1. Subprograma Control y Gestión Legal a) Asesorar, orientar, elaborar y coordinar en los distintos aspectos legales y de labor legislativa del Poder Ejecutivo, en cuanto no sea competencia especifica de otro organismo.
b) Asesorar sobre aspectos relacionados a organización de estructuras, procedimientos, procesos y métodos administrativos para mejorar la eficiencia de la Administración Pública Provincial y fortalecer la capacidad de respuesta del Estado con el objeto de garantizar la relación fluida con la comunidad, la calidad de los servicios y la optimización del gasto.
c) Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Provincial los pedidos de informes y/o explicaciones formulados por el Poder Legislativo vinculados con las funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Provincial.
d) Coordinar el funcionamiento de las Áreas Control Legal y Técnico 1.3.2. Oficina Control Administrativo a) Analizar y distribuir los expedientes administrativos a lños Jefes de Áreas Control Legal y Técnico.
b) Recepcionar y centralizar el Despacho del Poder Ejecutivo y toda otra documentación que deba ser suscripta por su titular y distribuir a los respectivos Ministerios la documentación suscripta por el Gobernador de la Provincia.
1.3.3. al 1.3.10 Áreas Control Legal y Técnico a) Realizar el control legal y técnico de los proyectos de leyes, decretos, convenios, acuerdos, contratos, notas y todo aquel documento que se someta a su consideración.
b) Elaborar dictámenes jurídicos.
c) Colaborar y asesorar a los distintos organismos del Estado en todo el procedimiento de los expedientes administrativos, cuando así les sea requerido.
1.3.11. Área Registro de Decretos Registrar y numerar todas las Leyes y Decretos de la Provincia, así como la ejecución de demás funciones asignadas por la Secretaría Legal y Técnica.
1.3.12. Área Boletín Oficial y Judicial Proceder a la edición del Boletín Oficial y Judicial, su impresión y publicación, así como la ejecución de demás funciones asignadas por la Secretaría Legal y Técnica.
1.4. PROGRAMA CONTROL DE GESTION a) Proporcionar al señor Secretario General de la Gobernación, la información que se le requiera sobre la Administración Pública y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las acciones, metas y objetivos de Gobierno.- b) Generar un sistema de Control de Gestión y crear una base de datos unificada para disponer en tiempo real de la información que permita controlar la ejecución de los planes y proyectos.- c) Proponer directivas e instrucciones conducentes a controlar y garantizar, que la forma y ejecución de los planes, programas, proyectos y obras de gobierno se lleven a cabo con la debida eficiencia y eficacia, conforme las previsiones y estimaciones previstas en su formulación.- d) Centralizar, racionalizar y sistematizar la información requerida correspondiente a cada Ministerio o Secretarias de Estado antes de su remisión al Programa Control de Gestión.- e) La enumeración de las misiones y funciones a cumplir por el Programa Control de Gestión no es taxativa, autorizándose a tal efecto a la Secretaría General de la Gobernación, a incluir en las tareas a cumplir por el Organismo, todos aquellos controles que se estime procedentes y necesarios para el seguimiento y evaluación de casos puntuales de programas, proyectos y planes de Gobierno.- f) Instruir a los Ministerios a fin de que una vez solicitada la información por el Programa Control de Gestión, deberán remitirlas en el término solicitado por el Organismo.- g) Facultar a la Secretaría General de la Gobernación a dictar las medidas que estime convenientes y necesarias para el mejor cumplimiento de las disposiciones del presente Decreto.- 1.5. PROGRAMA EDIFICIOS PUBLICOS Y ACERVO CULTURAL 1.5.1. Área Terrazas del Portezuelo 1.6. PROGRAMA CENTRO DE ACTIVIDADES HÍPICAS TERRAZAS DEL PORTEZUELO a) Dotar de eficiencia, eficacia y celeridad a la institución, elaborando y asesorando proyectos.
b) Coordinación general de las actividades y provisión de equinos de la Policía Montada.
c) Coordinación de múltiples equipos pertenecientes a la Institución.
d) Clases personalizadas al cuerpo de la Policía Montada.
e) Asesoramiento ecuestre.
f) Iniciar y fijar objetivos a corto y largo plazo que contribuyen a los objetivos del Programa.
g) Planificación de actividades ecuestres y control de las mismas.
h) Aprobación y control de presupuestos.
i) Responsable del liderazgo del Programa y de obtención de objetivos anuales.
j) Asesoramiento y control del Subprograma de Equinoterapia.
k) Adaptar las estrategias y planes con el fin de optimizar la obtención de beneficios.
l) Velar por que la estructura global del Programa, Subprograma y los procesos de dirección de los mismos, que permitan que la institución y sus equipos de componentes concluyan el trabajo con éxito y aporten los beneficios previstos.
ll) Análisis y cálculos de provisión de alimentación de equinos.
- Área Contable:
a) Análisis de presupuestos.
b) Elaboración de presupuestos.
c) Manejo de fondos Institucionales.
d) Confección de presupuestos anuales.
e) Análisis de presupuestos vigentes.
f) Elaboración de solicitudes de gastos de compras.
g) Creación y pagos de expedientes a proveedores.
h) Creación de expedientes de gestión de las personas contratadas.
i) Creación de los expedientes de pagos de las personas contratadas.
j) Elaboración de las programaciones financieras mensuales.
k) Confección de libro banco de la cuenta del Centro de Actividades Hípicas.
l) Confección de las conciliaciones bancarias de la cuenta del Centro de Actividades Hípicas.
ll) Confección de ordenes de pagos y notas de transferencias bancarias a los proveedores.
m) Confección de expedientes y su respectiva elevación al área correspondiente.
1.6.1. Subprograma Centro de Actividades Hípicas Terrazas del Portezuelo a) Asistir al Jefe de Programa en todas las actividades concernientes al buen funcionamiento de la Institución y logro de los objetivos planificados.
b) Planificar y organizar los medios necesarios para lograr los objetivos pautados, mediante un efectivo cumplimiento todas las medidas de aplicación, vigilancia y control.
c) Asistencia y manejo de personal de caballeriza.
d) Supervisión del personal de control equino.
e) Participar en la elaboración y redacción de notas y distintas comunicaciones a los diferentes sectores de la institución.
f) Proporcionar al Jefe de Subprograma información sobre el estado en general de los diferentes sectores que integran el CAHTP.
g) Elevar informes sobre el cumplimiento de las acciones, metas y objetivos.
h) Entrevistas a postulantes para cargos vacantes.
1.6.1.2. Área Administrativa y Coordinación de Recursos:
a) Planear, supervisar, coordinar, controlar y optimizar el desarrollo de todos los proyectos, programas y actividades relacionados con la administración de recursos.
b) Supervisar e impulsar el trámite correspondiente a toda la documentación que ingresa y egresa y su respectivo seguimiento.
c) Asegurar un flujo de información fluido y adecuado dentro de la institución para facilitar operaciones y solicitudes.
d) Gestionar calendarios y plazos de entrega.
e) Controlar el inventario de los suministros y la compra de nuevo material, elementos necesarios para el buen funcionamiento de la institución.
f) Controlar costos y gastos para colaborar en la preparación de presupuestos.
g) Mantener al día de todos los cambios institucionales y las novedades.
1.6.1.3. Área Control y Sanidad Equina:
a) Evaluar la eficiencia, eficacia sobre la sanidad y bienestar equino dentro de las diferentes áreas que integran el CAHTP, pudiendo asesor e informar a la dirección en la continuidad de los procesos llevados a cabo por el personal idóneo.
b) Llevar acabo relevamientos periódicos sobre salud y bienestar general de los equinos.
c) Planificar y elaborar informes y solicitudes mensuales de material / elementos destinados al cuidado y bienestar equino.
d) Asegurar un flujo de información continua con todo el personal de cuidado diario de los equinos, para lograr un óptimo análisis de situaciones diarias.
1.6.1.4. Área Comunicación y Coordinación de Actividades Ecuestres:
a) Liderar estrategias de comunicación y fluidez de información.
b) Asegurar una comunicación efectiva.
c) Garantizar relaciones internas y externas.
d) Promover, liderar y promocionar actividades ecuestres, como así también la coordinación de eventos.
e) Elaborar planilla de gastos y requerimientos necesarios para llevar a cabo las actividades ecuestres.
f) Promover la colaboración de los diferentes sectores de la institución.
g) Recibir, clasificar y distribuir la correspondencia y documentación.
1.6.1.5. Área Mantenimiento y Supervisión de Infraestructura:
a) Establecer metodologías operativas de mantenimiento.
b) Asegurar el correcto funcionamiento de los equipos de trabajo y de las instalaciones.
c) Notificar novedades diarias.
d) Asignación de trabajos de mantenimiento.
e) Coordinación y asesoramiento, con el objetivo de diseñar y poner en práctica el mantenimiento y correcto funcionamiento de cada uno de los sectores.
f) Coordinación de las acciones del mantenimiento informando a los equipos de trabajo para evitar accidentes.
g) Supervisar y solucionar de manera eficaz problemas emergentes en cuanto al mantenimiento de predio e instalaciones.
h) Gestionar e informar sobre las solicitudes del personal contratado.
1.6.1.6. Área Organización y Gestión CAHLP (Centro de Actividades Hípicas La Pedrera -Villa Mercedes) a) Supervisión y control diario del rol y función de los integrantes del grupo de trabajo del CAHLP.
b) Coordinación de las relaciones y la comunicación fluida entre áreas de trabajo del predio.
c) Control y mantenimiento del espacio de trabajo y buena salud de los equinos.
d) Tareas administrativas vinculadas a la organización del predio, distribución y acceso a los recursos necesarios, gestión de bienes, etc.
e) Propiciar la capacitación y formación constante del equipo de trabajo.
f) Distribución de roles y funciones del personal.
g) Elevación mensual de informes y planes de acción realizados.
h) Control, supervisión y resolución del estado general de las instalaciones del CAHLP.
1.6.2. SUBPROGRAMA EQUINOTERAPIA a) Elevación de informes mensuales al Jefe de Programa sobre las actividades realizadas y a realizarse dentro de la escuela provincial de equinoterapia.
b) Elevación de solicitudes e informes, y su respectivo seguimiento a las diferentes reparticiones del CAHTP.
c) Entrevistas a postulantes para cargos vacantes.
d) Coordinación y asesoramiento a las diferentes reparticiones del Gobierno de la Provincia de San Luis.
e) Planear, coordinar, asesorar y supervisar a todos los Centros de Equinoterpia pertenecientes al Gobierno Provincial.
f) Velar por un tratamiento de equinoterapia de calidad, gratuito y de rehabilitación para todas las personas con discapacidad.
g) Responsable del liderazgo del Subprograma y de obtención de objetivos anuales.
1.6.2.1. Área Coordinación y Manejo de Equipo Interdisciplinario a) Elevación mensual de informes de desempeño del personal contratado.
b) Manejo y seguimiento diario del personal contratado.
c) Asesoramiento y entrevistas de profesionales idóneos.
d) Redacción de actas y sanciones disciplinarias.
e) Supervisión de roles del personal contratado.
f) Gestión de licencias.
g) Asegurar una comunicación fluida y eficaz a todos los integrantes de los centros de equinoterapia Provinciales.
1.6.2.2. Área Proyección Social y Abordaje a la Discapacidad:
a) Estructuración, monitoreo y posicionamiento de la proyección social a través de la ejecución de proyectos de extensión y proyección social.
b) Generación de convenios, alianzas, participación en escenarios públicos y privados, locales, nacionales e internacionales con resultados concretos.
c) Propiciar y establecer procesos permanentes de interacción e integración con agentes y sectores sociales e institucionales.
d) Promoción y participación en los procesos de transformación social.
1.6.2.3. Área Métodos de Capacitación, Identificación y Evaluación de Planes de Trabajo.
a) Coordinación de Ateneos semanales de capacitación interdisciplinaria.
b) Provisión y coordinación de capacitaciones anuales.
c) Organización de capacitaciones ha realizar por parte del equipo interdisciplinario, abierto al público en general sobre equinoterapia.
d) Capacitación sobre elaboración de informes internos y externos.
e) Asesoramiento y supervisión de planes de trabajo de los centros de equinoterapia Provinciales 1.6.2.4. Área Coordinación, Supervisión y Gestión del CELP (Centro de Equinoterapia La Pedrera-Villa Mercedes) a) Coordinar, promover y desarrollar acciones que contribuyan a potenciar y mejorar el tratamiento de Equinoterapia.
b) Acompañar y organizar al equipo interdisciplinario del CELP.
c) Convocar al equipo a reuniones semanales y mensuales.
d) Asegurarse que los integrantes del equipo de trabajo conozcan y tengan claros los objetivos institucionales.
e) Procurar el buen desempeño del rol y función del personal, como así también la participación de todos los integrantes en las actividades institucionales y en la organización diaria.
f) Supervisar la documentación institucional como informes, planes de trabajo, planillas de evaluación, entre otros.
1.7. PROGRAMA FESTIVALES PUNTANOS 1.7.1. Oficina Administrativa a) Asesorar administrativa y jurídicamente al Programa y sus organismos dependientes, como así también proyectar los actos administrativos del mismo.
b) Participar en la elaboración y redacción de notas y distintas comunicaciones agilizando los asuntos del Programa.
c) Colaborar en la transcripción de informes, dictámenes y documentación. Tramitar el registro y archivar documentación.
1.7.2. Área Planificación de Eventos a) Llevar a cabo las tareas de planificación y gestión de recursos a los fines de la realización de eventos en toda la Provincia.
b) Captar eventos y generar sinergia conjunta entre el sector público y privado.
c) Promover que el territorio de San Luis sea sede de eventos y espectáculos de nivel nacional e internacional.
d) Planificar la logística y ejecutar festivales provinciales que organice el Gobierno de la Provincia.
e) Procesar la información suministrada por los agentes del sector público y privado en lo referente a calendario de festivales anuales.
1.7.3. Área Logística a) Supervisar y coordinar las distintas acciones para ejecutar en forma correcta los fondos necesarios para el aprovisionamiento y planificación de los eventos.
b) Implementar mecanismos de logística en cada evento en los pueblos, asegurando su correcta realización colaborando técnicamente con los municipios que así lo requieran.
c) Ordenar, controlar y dirigir los diferentes equipos técnicos y proveedores del evento, supervisando el armado de las distintas estructuras necesarias para los mismos.
1.7.4. Área Coordinación del Interior a) Potenciar la idiosincrasia de los pueblos y sus actividades artísticas fomentando el turismo provincial local.
b) Establecer el posicionamiento de los distintos festivales en el interior provincial, coordinando la agenda cultural con organismos afines.
c) Fomentar actividades con la participación de sectores públicos y privados, promoviendo atractivos en el interior provincial.
d) Fortalecer la expresión artística en el ámbito provincial.
e) Fomentar el arte popular como expresión de la Puntanidad.
1.7.5. Área Prensa y Difusión a) Planificar, organizar y coordinar acciones de promoción, como el de difundir los festivales que se desarrollan en la provincia, tanto en el orden provincial, nacional e internacional.
b) Diseñar el material audiovisual para la difusión de los eventos.
c) Fijar pautas y coordinar políticas de comunicación externa e interna a fin de conservar una sola identidad, la Puntanidad.
d) Difundir a través de informes detallados para, radio, televisión portales web y medios gráficos, las actividades que se generan desde el Programa y todas aquellas actividades en las cuales participe.
e) Crear una base de datos que contenga la información de los medios de la Provincia de San Luis, del País y del Mundo, con el fin de separar las comunicaciones específicas.
1.8. SEGURIDAD TERRAZAS DEL PORTEZUELO a) Brindar seguridad al titular del Poder Ejecutivo, autoridades y empleados en los edificios y predio de Terrazas del Portezuelo.
b) Mantener la vigilancia de edificios y predio de Terrazas del Portezuelo.
c) Controlar el movimiento de personas ajenas a la Administración Pública y de empleados públicos.
d) Controlar mediante autorización escrita la entrada y salida de bienes del predio.
e) Controlar el movimiento de vehículos autorizados a utilizar las cocheras oficiales.
1.8.1. Guardia Residencia y Despacho Controlar mediante autorización escrita la entrada y salida de personas y bienes de la Residencia Oficial y del Despacho del Gobernador.
1.8.2. Guardia Terrazas del Portezuelo Controlar mediante autorización escrita la entrada y salida de personas y bienes del edificio y predio de Terrazas del Portezuelo.
1.8.3. Policía Montada a) Mantener la seguridad y colaborar con la vigilancia en el predio de Terrazas del Portezuelo.
b) Proveer vigilancia y brindar seguridad en los espectáculos deportivos, actuar como grupo antidisturbios, recorridos por parques, lugares turísticos o de gran afluencia de personas, cuando se ordene su concurrencia.
1.9. ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a) Instrumentar los actos de transmisiones, delegaciones, asunciones, reasunciones de mando del Gobernador y , en su caso, del Vicegobernador de la Provincia, juramentos de los Ministros del Poder Ejecutivo.
b) Registrar, depositar, custodiar los Protocolos Oficiales de Escribanía de Gobierno y determinar el procedimiento y elementos técnicos adecuados de su digitalización a fin de preservar la conservación de dichos Protocolos, conforme lo establecen la Ley Nacional Nº 25.506 y la Ley Provincial Nº V-0591-2007 y sus normas complementarías.
c) Registrar, archivar y custodiar los títulos de propiedad del Estado Provincial.
d) Autorizar las escrituras públicas con fines de interés social a favor del Estado Provincial y/o de particulares, en el marco de regularizaciones dominiales, cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo Provincial.
e) Conservar y custodiar el Archivo General de la Provincia.
f) Conservar la estructura orgánico funcional establecida por Ley Nº V-1024-2020.
- Área Informática a) Programación Contable b) Compras c) Fijación de monto de tasas por servicios administrativos d) Programas de Software para sistema de ingreso de requerimientos por sistema de obleas.
Art. 3º.- Derogar toda otra norma que se oponga a lo establecido en el presente Decreto.-
Art. 4º.- El Ministerio de Hacienda Pública a través del Área correspondiente, procederá a efectuar las modificaciones presupuestarias y/o reasignación de partidas como consecuencia de lo dispuesto por el presente Decreto.-
Art. 5º.- Hacer saber a: todos los Ministerios y Secretarias de Estado del Poder Ejecutivo Provincial.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Obras Públicas e Infraestructura a cargo de la Secretaría General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
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