Ley 6276 de JUJUY


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    LEY 6.276
    SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Abril de 2022
    Boletín Oficial, 6 de Mayo de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    ARTÍCULO 1º.- Institúyese el 16 de Junio de cada año como "Día del Gaucho Jujeño Guerrero de la Independencia", en conmemoración del fallecimiento del General Manuel Eduardo Arias.-

    ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Educación, dispondrá la incorporación en el Anuario Escolar del mencionado día estableciendo la realización en las instituciones educativas de la Provincia, públicas y privadas, en todos sus niveles, de actividades alusivas tendientes a conmemorar y a exaltar los hechos más trascendentales de la vida del General Manuel Eduardo Arias y su importancia en la causa independentista.-

    ARTÍCULO 3º.- A través del Ministerio de Cultura y Turismo de la Provincia se arbitrarán los medios necesarios con el fin de organizar la conmemoración correspondiente a la fecha.

    ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

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