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- LEY 3.538-E
- RESISTENCIA, 23 de Marzo de 2022
- Boletín Oficial, 18 de Abril de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°: Declárase Patrimonio Cultural Inmaterial de la Provincia del Chaco la Vigilia por Malvinas realizada el 2 de abril de cada año en conmemoración de los caídos en defensa de la soberanía del Archipiélago del Atlántico Sur, en el marco de la ley 1400-E.
ARTICULO 2º: Declárase Patrimonio Cultural Inmaterial de la Provincia los usos, representaciones, expresiones y conocimientos transmitidos en la Vigilia por Malvinas.
ARTICULO 3°: El Instituto de Cultura de la Provincia del Chaco, que será el órgano de aplicación de la presente ley, procederá a la preservación, protección, valoración, transmisión y revitalización del patrimonio cultural inmaterial declarado anteriormente.
ARTÍCULO 4°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
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