La Corte rechaza la oposición a que una Sociedad del Estado participe como amigo del tribunal en una audiencia pública


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    La decisión sobre la participación de Amigos del Tribunal en las causas que tramitan ante la Corte Suprema, así como la selección de quiénes efectuarán sus informes orales en las audiencias públicas, son potestades exclusivas del Cuerpo, sin que quepa admitir al respecto objeciones o impugnaciones de las partes intervinientes en ellas (arts. 6° de la acordada 30/2007 y 8° y 9° de la acordada 7/2013).
    SENTENCIA
    26 de Abril de 2022
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino - P.E.N. s/ amparo ley 16.986

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