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- SENTENCIA
- 18 de Abril de 2022
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Paola Mariana Guisado - Juan Pablo Rodríguez
Cabe confirmar la medida coercitiva contra un progenitor inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios, puesto que el incumplimiento del obligado con deberes esenciales respecto de sus hijos, vulnerando derechos humanos básicos de uno de los grupos más desprotegidos de la sociedad, importa además ejercer violencia de género de tipo económica en contra de la progenitora, (art. 5, Ley 26.485), dado que la falta de pago de la cuota alimentaria afecta directamente a la madre, pues ocasiona un deterioro de su situación económica, ya que debe cubrir de manera casi exclusiva las necesidades materiales de sus hijos, con la consiguiente limitación injustificada de sus propios recursos económicos.
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Carátula: Z., M. B. c/ M., M.s/ medidas precautorias - familia
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual