Definición de SUPLENTE


    Sustituto. Reemplazante.
    Cuando una sala de justicia deba completar el número de sus magistrados con suplentes, se harán saber los nombres de los designados a los procuradores de las partes, y se procederá en seguida a la vista, a no ser que en el acto se plantee recusación, así sea verbal (art. 326 de la Ley de Enj. Civ. esp.).


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