- Locución
lat. Retenciones por las costumbres. Por las malas costumbres y en cuanto a la dote de la mujer, cuando el marido se divorciara por tal causa de ella. El marido tenía derecho a un sexto de la dote en caso de adulterio; y a un octavo en otro supuesto. Este beneficio indirecto del marido engañado se tiene por inmoral en la actualidad; y si es pena, no debe refluir en beneficio de esta víctima singular.
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