- Circunstancia o condición necesaria para la existencia o ejercicio de un derecho, para la validez y eficacia de un acto jurídico, para la exigencia de una obligación. Cada negocio jurídico posee sus requisitos peculiares, expuestos en las voces desenvueltas con alguna extensión, y especialmente en los contratos.
Dentro de ellos, con carácter general, se distingue entre requisitos esenciales, naturales y accidentales, clase esta última en que no existe propiamente la necesidad que los requisitos "requieren". Esenciales son la capacidad, el consentimiento, el objeto y la discutida causa. Naturales, los propios de cada asunto o convenio; como el precio y la cosa en la compraventa; y accidentales, la condición, el plazo y el modo, y las cláusulas específicas, (v. "ACCIDENTA LIA", "ESSENTIALIA", "NATURALIA".)
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