Definición de PASE DE LIBRE CIRCULACIÓN


    Documento personal que permite la utilización gratuita de determinados medios de transporte. Se expide a favor de autoridades nacionales y de ciertos empleados. - , , Cuando estos pases se conceden a los obreros o empleados de las empresas poseen carácter laboral de interés, ya se trate de ferrocarriles o de empresas de transporte urbano o entre distintas localidades. Permiten a los portadores legítimos viajar gratuitamente o con importantes rebajas en las lineas explotadas por las entidades respectivas; pero no acreditan los servicios con la eficacia del certificado de trabajo (v.e.v.). La causa procede de esenciales diferencias, concretables así: a) por los datos: en los pases no hay por qué dejar constancia de la retribución ni del puesto del trabajador, que sí conviene, anotar en los certificados; además, la fecha de finalizar la actividad profesional resulta imprescindible en el certificado, y no cabe adivinarla en el pase; b) por la razón determinante de ¡a concesión: en éste por estar trabajando, en aquél por haber trabajo; c) por el tiempo del otorgamiento: los pasesy durante el servicio a la empresa; los certificados, al concluir las labores; d) por la iniciativa: espontánea casi siempre en el patrono al dar los pases, como derecho de sus empleados u obreros; forzosa y a requerimiento de éstos en el certificado; e) por la finalidad: un beneficio económico en los pases (en realidad, un aumento indirecto del salario, sobre todo cuando los vehículos se utilizan a diario para trasladarse al lugar de trabajo y desde él al domicilio); el certificado se reduce a una prueba de la prestación. Incluso podría apreciarse cierta incompatibilidad, derivada de aspectos ya indicados: los pases se le retiran a los beneficiarios al cesar en el empleo; el certificado se reclama entonces. A lo sumo prueban, con las debidas confrontaciones, que se pertenece o se ha pertenecido a la entidad expedidora del pase o abono destinado a su personal.
    Tampoco sirven como documento de identidad general, especialmente por no proceder de la autoridad adecuada ni pretender tal finalidad. No obstante, en ocasiones )sobre todo en las empresas de numeroso personal) se utilizan con carácter interno, como comprobante de la personalidad, a efecto del pago de los haberes y, asimismo, para permitir la entrada en determinados locales (vedada a extraños) o para autorizar la salida del establecimiento a horas prohibidas para la generalidad de los trabajadores.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...