Definición de PARTE


    Porción de algo. Fragmento, fracción, trozo. En especial, cada una de dos cosas opuestas o complementarias. Cantidad concreta o especial de un género o agregado numeroso. Lo que junto con algo similar compone un todo. Cuota que corresponde en reparto o distribución. Espacio de tiempo; lapso. Sitio, lugar, paraje. Sección, subdivisión. | | Cada una de las grandes divisiones de un tratado, libro u otra obra científica o-literaria. Comunicación, noticia. Información rutinaria o especial que los militares dan a los superiores para enterarlos de las novedades o de la normalidad. Denuncia que en el ejército formula un jefe con respecto a sus subordinados y que eleva a un superior o a una autoridad judicial castrense. | | Denominación del correo que funcionaba cuando el soberano estaba fuera de la corte, para llevar y traer las órdenes entre el soberano y las autoridades y servir de información. Porción o cuota que se adjudica a un condómino al cesar la indivisión. Partido, parcialidad, bandería, fracción, desde l^s luchas internacionales, en que resulta sinónimo de beligerante, á las peleas, riñas, polémicas y discusiones de toda índole, para caracterizar a cada uno de los bandos o grupos contrarios. fCada una de las personas que por voluntad, intereses o determinación legal interviene en un acto jurídico plural. Contratante. Litigante; sea demandante o actor, sea demandado o reo; y también, en el proceso criminal, el querellante o el acusado. Tercero que interviene en un procéso.
    Para Clemente de Diego, en concepto amplio, por partes en las relaciones jurídicas se entienden los elementos subjetivos de las mismas; es decir, el ser o seres de los cuales se predica lí * facultad u obligación que aparece concretada en la relación de derecho, (v. PERSONA, PERSONALIDAD JURÍDICA, SUJETO DEL DERECHO.) En lo procesal, donde esta voz adquiere mayor trascendencia para lo jurídico, v. ACCIÓN PRIVADA y PÚBLICA; ACUSADO, DEMANDADO, DEMANDANTE, MI-# NISTERIO FISCAL, QUERELLANTE.
    A mala parte: perversamente. Con mala intención.
    Dar parte: informar, notificar, avisar. Dar participación en un negocio o sociedad. Admitir en un grupo o empresa, En el ejército, comunicar al superior alguna novedad, especialmente cuando implica* daño, bajas( infracción o- delito. En caso contrario se dice "dar parte sin novedad". * De mala parte: antiguamente se refería a lo hecho de manera ilícita.
    Echar a mala parte: suponer mala intención en los dichos o hechos ajenos. Interpretar malévolamente los conceptos o las palabras, sobre todo dándoles carácter indecoroso, grosero o injusto.
    Entrar a la paite: participar de herencia, sociedad u otra relación colectiva en la que caben resultados favorables o adversos, ganancias o pérdidas, ya por igual, ya de la "manera predeterminada.
    Estar ala parítrt locución equivalente, en el comercio marítimo, a navegar a la parte, (y. más adelante esta misma voz).
    Ir a la parte; interesarse en los resultados económicos de una empresa o trato.
    Llamarte a la parte; reclamar participación en las utilidades de una cosa por la intervención tenida en su logro; tanto se refiere a actividades lícitas como a la parte del fy^pi que piden los cooperadores en loa delito? contra la propiedad. Pedir partici- pación en un asunto o el reconocimiento de los servicios y méritos.
    Llevar la mejor o la peor parte: en guerras, litigios y cualquiera otra contienda de hechos o palabras, aparecer como probable vencedor o, en el contrario supuesto, cual presunto vencido.
    Mostrarse parte: comparecer ante un juez o tribunal, generalmente por escrito," en un asunto determinado y formulando petición o defensa o haciendo alguna declaración de trascendencia ulterior, (v. APERSONARSE.) Navegar a la parte: poseer en un cargamento, en el flete o en las utilidades del corso o de la pesca, determinada cantidad cada uno de los tripulantes de la embarcación mercante, pesquera o corsaria, sin otra remuneración ni salario. En este supuesto)forma de retribución absolutamente lícita) todos los tripulantes integran nna sociedad temporal.
    Nombrar partes: en manifestaciones particulares, nombrar más o menos veladamente a los responsables de una falta o delito. (3388, 3324, 4.140, 4.179, 4.180, 4287, 4.487s 5.235, 5285, 5338, 5.719, 5.818, 5.945, 6.133, 6.184, 6226, 6289, 6.421, 6.526.)

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