- Regalo de pequeño tamaño o de insignificante valor. Quizás pueda darse este nombre a los "regalos módicos", únicos que el Cód. Civ. esp. permite entre cónyuges, a fin de no desnaturalizar el régimen patrimonial del matrimonio, e impedir el influjo excesivo en tal aspecto de uno de los consortes sobre el otro. (v. el art. 1.334 del cód. cit.)
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual