Definición de MENDACIDAD


    Costumbre de mentir. Hábito de declarar falsamente. Lo contrario de veracidad: la condición de mentira, inexactitud o inexistencia de lo que se afirma real y completo.
    La mendacidad, una de las especies de la mala fe cuando se está en deber de declarar la verdad, es esencial en los delitos de falsedad, falsificaciones, usurpación de atribuciones, estafas, fraudes y en ciertas formas de la violación, estupro y rapto, (v. MENTIRA.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...