- Dotación o asignación de dinero que figura anualmente en el presupuesto con destino al monarca y a las personas de su familia inmediata; como reina o rey consorte, reina madre, infantes, etc. Durante la monarquía española alcanzaba, además de a los reyes, cuya lista civil se fijaba al comienzo del reinado y no podía variarse después, en tiempos de estabilidad monetaria asegurada, a sus ascendientes y descendientes.
El art. 57 de la Const. esp. de 1876 declaraba: # "La dotación del rey y de su familia se fijará por las Cortes al principio de cada reinado". Con exclusión total del privilegio extensivo a la familia, la Const. de 1931 establecía, en su art. 67, que la dotación y honores del presidente de la República se determinarían por ley, inalterable durante el período de su magistratura.
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