- Cuando las convenciones de contenido equívoco, cláusulas oscuras o términos insuficientes no puedan interpretarse de acuerdo con las bases sentadas en la ley o en el pacto, las dudas o ambigüedades han de resolverse a favor del deudor, de su liberación parcial o total, (v. los arts. 218 del Cód. de Com. arg. y 1.289 del Cód. Civ. esp.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda