- La que regula una materia sin mandar ni prohibir definitivamente, por facultar a los interesados para regirse con libertad. En caso de no ejercer tal derecho, la ley permisiva rige como supletoria y de modo forzoso. Así ha de calificarse la sociedad legal de gananciales en el Cód. Civ. esp., que, al establecer el régimen patrimonial del matrimonio, empieza por declarar que los futuros cónyuges podrán otorgar sus capitulaciones estipulando las condiciones que quieran relativamente a sus bienes presentes y futuros, sin otras limitaciones que los preceptos de orden público, lo que sea depresivo para la autoridad correspondiente en el matrimonio a cada uno de los cónyuges y lo contrario a las buenas costumbres. Ahora bien, el propío art. 1.315 dispone que: "A falta de contrato sobre los bienes, se entenderá el matrimonio contraído bajo el régimen de la sociedad legal de gananciales*. (Y. LEY PROHIBITIVA.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual