- La que regula los derechos que los hombres gozan entre ellos y la que establece las formas y los efectos de las convenciones privadas. | | El código civil. La que declara los derechos, fija las obligaciones y prohibe determinados actos; en contraposición a la penal, que castiga las omisiones de lo ordenado y las infracciones de lo prohibido. Ley privada, frente a la ley pública. Ley substantiva. | | Ley referente a los individuos en su generalidad, para distinguirla de la ley militar, de la canónica, concretadas a un estado especial o a un aspecto de la vida.
En las compilaciones de leyes civiles se incluyen los códigos civil, de comercio y procesal o de enjuiciamiento civil, la legislación hipotecaria y diversas leyes menores de índole especial.
El título complementario del Cód. Civ. arg. se denomina "De la aplicación de las leyes civiles" y contiene, en sus arts. 4.044 a 4.051, las normas de carácter transitorio entre la antigua legislación y la instaurada por el nuevo texto legal, (v. DERECHO CIVIL; LEY ADMINISTRATIVA, CANÓNICA, PENAL y POLÍTICA.) (1.783.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual