- Magistrado supremo de este antiguo reino español. En nombre del rey, y en unión del Consejo de cinco lugartenientes togados, administraba justicia entre todos los súbditos de la corona, eclesiásticos o seculares; cuidaba de la observancia de los fueros, conocía de loax agravios inferidos por jueces y autoridades y resolvía los recursos de fuerza.
Su existencia se reconoce inequívocamente ya en el siglo XII. El nombramiento, luego de las Cortes de Zaragoza de 1263, cede a favor de la corona, que ejercía este derecho libremente, ein otra limitación que la de pertenecer el designado al orden de los caballeros, aun cuando son conocidos algunos justicias provenientes de la clase de los ricos hombres, e incluso de los mesnaderos. Para Joaquín Costa, sin duda con exageración: "La institución del Justicia es de tan conspicua significación y de tan extraordinaria trascendencia, que constituye una forma peculiar- de gobierno... la única nueva y original que se ha producido en la historia desde Aristóteles y Cicerón hasta la centuria presente". Con el Justicia de Aragón y con la justicia independiente en Aragón termina Felipe II con motivo del célebre proceso de Antonio Pérez, el secretario del monarca, que llevó a la decapitación del justicia, a fines del 1591.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda