- Locución latina. Derecho de publicar edictos. Era potestad peculiar, de índole reglamentaria o legislativa, connatural con las magistraturas romanas, tanto administrativas como judiciales, y ejercida de modo singular al tomar posesión de sus cargos, con objeto de trazar las normas a que se sujetarían en la resolución de los casos que les correspondieran. El "edictum", en que se concretaba este derecho, fué primeramente verbal en su exposición, y luego escrito; lo que originó la actual acepción de cartel donde se anuncian determinadas disposiciones de una autoridad, (v. EDICTOS DE LOS MAGISTRADOS.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda