- El que decide acerca de una acción civil, de una materia regida por leyes civiles, donde se controvierte un interés de los particulares; ya sea sobre la reclamación de una cosa o derecho, sobre el cumplimiento de una obligación, sobre la indemnización de daños y perjuicios (aun procedente de delito), sobre las cuestiones relativas al estado y capacidad de las personas.
Por lo genera], el juicio civil se califica de pleito o litigio, por ser mas habitual reservar la denominación de causa para los juicios ante la jurisdicción criminal.
Los juicios civiles admiten la mayoría de las especies del juicio en general: posesorios o petitorios, ordinarios o extraordinarios, escritos o verbales, de mayor o menor cuantía, ejecutivos o declarativos, o universales, dobles o sencillos, etc. (v. las principales voces cit.; y, además, JUICIO CRIMINAL.)
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda