- Indisciplina, resistencia sistemática y persistente a obedecer las órdenes dadas por los superiores. La insubordinación puede constituir, dentro de la jurisdicción castrense, los delitos de desobediencia, insulto a superior o rebeldía.
En el Cód. de Just. Mil. arg., comete insubordinación: I? el militar que viola manifiestamente el cumplimiento de una orden del servicio o hace ostensible resistencia a la misma; 29 el militar que, en cualquier forma, falte al respeto debido a la autoridad o a la dignidad personal del superior. Sobre la penalidad aplicable, v. los arts. 636 a 641 del cód. cit. (v. DESOBEDIENCIA, REBELDÍA, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, SEDICION.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual