- Conjunto de diligencias practicadas por el juez instructor o de instrucción, u otra autoridad competente, para investigar la comisión de un delito; descubrir, detener y procesar a su autor o autores, cómplices y encubridores; y establecer todas las pruebas que permitan fijar la responsabilidad penal y civil derivada de los héchos.
La formación o instrucción del sumario corresponde al juez instructor del partido en que se supongan sucedidos los hechos, salvo designación de un juez especial para el caso. Con carácter provisional, y para impedir la fuga de los sospechosos, la desaparición de los testigos o la pérdida de los vestigios, los funcionarios de los diversos cuerpos de policía pueden instruir diligencias preliminares cuando se encontraren o fueren llamados ante la realización de un delito.
En cuanto a las principales diligencias y trámite del sumario, v.e.v. y los arts. 229 y ss. de la Ley de Enj. Crim. esp. y 195 y ss. del Cód. de Proc. Crim. arg,
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual