Definición de INEFICACIA DE LOS TESTAMENTOS


    Mezclando este concepto con el de revocación (ineficacia por voluntad del testador), se ocupa el Cód. Civ. esp. en una de las secciones de su lib.
    III, tít.
    III de los casos en que los testamentos no surten efectos.
    Además de la ya mencionada revocación, expresa que las cláusulas derogatorias de disposiciones futuras y las llamadas ad cautelam (v.e.v.), se tendrán por no puestas; es decir, serán ineficaces. Pero la misma revocación, para su eficacia, requiere iguales formalidades que para testar; lo cual no es exacto, pues en ocasiones es lo contrario, como la rotura del testamento ológrafo.
    La caducidad y, en general, la ineficacia de los testamentos sólo se produce cuando el legislador lo disponga expresamente, con sujeción al principio de cumplir en cuanto quepa la voluntad del testador, (v. los arts. 737 a 743 del cód. cit.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...