Definición de HORNO


    Cavidad o construcción, por lo común abovedada, provista de un respiradero o chimenea, y una o más bocas o aberturas, para introducir y retirar lo que se somete a la acción del fuego; sea masa, metal, leña, etc. Los hay también con rejilla en la parte inferior, especialmente en las industrias siderúrgicas. Recipiente o caja de hierro que tienen los fogones de algunas cocinas y se util- za para asar o calentar los manjares.
    La abundancia de hornos caseros antaño y la importancia de los industriales hoy ha llevado en todo tiempo al legislador a dictar preceptos que prevengan los peligros y molestias que pueden originar. El Cód. Civ. arg. prohibe construir hornos a menos de 16 centímetros de pared medianera (art. 2.623). Además, el humo excesivo que un horno despida, si perjudica a las propiedades vecinas, obliga al dueño, salvo probar que no tiene culpa, a indemnizar los daños causados (art. 1.133). El art. 590 del Cód. Civ. esp. concuerda con el texto arg. (v. FRAGUA.) La contravención de las reglas establecidas para la propagación de fuegos que los hornos puedan provocar se pena como falta en el art. 581 del Cód. Pen. esp.


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