- Cada una de las 24 partes iguales en que se divide el día. Suelen contarse de dos maneras: o correlativamente desde las cero horas (de la medianoche hasta la una) hasta las 24 (la medianoche siguiente), lo cual es habitual en horarios de trenes, espectáculos y otra« actividades en que puede existir alguna duda de adoptarse el otro sistema; y divididas en dos grupos, de 12 horas cada uno: el primero, de la mañana o del día; y el segundo, de la tarde o de la noche.
En otras acepciones, hora expresa sazón u oportunidad. | | También, los últimos instantes de la vida, el momento de la muerte.
Para los efectos legales, los días se entienden de 24 horas (art. 79 del Cód. Civ. esp.). "Los plazos de día no se contarán de momento a momento, ni por horas, sino desde la medianoche en que termina el día de su fecha" (art. 24 del Cód. Civ. esp.).
La hora es uno de los criterios adoptados para la remuneración del trabajo. Las horas fijan también el límite de la jornada semanal de los trabajadores; en la actualidad fluctuanie entre las 40 y las 48, en los trabajos semanales, y en no mucho más de las 30, en ciertos empleos públicos.
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual