- Igualdad de nombre entre dos o más personas o cosas. Puede constituir origen ^e errores, y plantea no fáciles interpretaciones. Así, el Cód. Gv. esp., en precepto injusto por otra parte, determina que la igualdad absoluta en el nombre y apellido de varias personas invalida para todas ellas la institución hereditaria hecha a favor de una insuficientemente designada en el testamento.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual