Definición de HIJO DE FAMILIA


    El que se encuentra bajo la patria potestad, sea del padre o, a falta de él, de la madre. Para él rigen en toda su amplitud los deberes familiares de respeto, obediencia, domicilio, licencia para casarse, etc.; pero también se beneficia al máximo de la protección paterna, especialmente en cuanto a los alimentos en su más amplio significado legal.
    Hijo de familia se denomina también al que se encuentra sometido a tutela; además, y por extensión, al hijo soltero que continúa viviendo en Ja casa de los padres, (v. EMANCIPACIÓN, HIJA, HIJO, MAYOR EDAD, PATRIA POTESTAD.) (543, 1.550, 3.806, 4.805.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...