- El que se encuentra bajo la patria potestad, sea del padre o, a falta de él, de la madre. Para él rigen en toda su amplitud los deberes familiares de respeto, obediencia, domicilio, licencia para casarse, etc.; pero también se beneficia al máximo de la protección paterna, especialmente en cuanto a los alimentos en su más amplio significado legal.
 
Hijo de familia se denomina también al que se encuentra sometido a tutela; además, y por extensión, al hijo soltero que continúa viviendo en Ja casa de los padres, (v. EMANCIPACIÓN, HIJA, HIJO, MAYOR EDAD, PATRIA POTESTAD.) (543, 1.550, 3.806, 4.805.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual