Definición de HECHO


    Acción. Acto humano. | | Obra. | | Empresa. Suceso, acontecimiento. Asunto, materia. Caso que es objeto de una causa o litigio.
    Según Escriche, esta voz, aisladamente tomada, tiene en jurisprudencia diversas acepciones, que pueden concretarse en la siguiente forma:
    a) Un hecho puede ser objeto de una obligación, ya que podemos obligarnos por medio de un contrato a hacer o dejar de hacer una cosa. Para que la obligación sea válida es necesario que el hecho sea:
    posible; 2? no contrario a las leyes ni a las buenas costumbres; 3? que esté determinado y preciso; que haya un interés apreciable para la persona que haya contraído la obligación de ejecutarlo; esto es, una contraprestación de la otra parte.
    b) Los hechos no solamente pueden ser objeto de las obligaciones, sino también causa u origen de ellas* c) La realización de un hecho no puede ser impuesta, ni siquiera forzada la persona a la prestación, y el que se ha obligado a prestar un hecho se reduce a la satisfacción de daños y perjuicios cuando se resiste a ejecutarla.
    d) En razón a la extensión que se concede dentro del Derecho clásico al de propiedad, cada uno puede hacer sobre su fundo lo que quisiere; salvo las limitaciones que surgen de no causar daños ni perjuicios a los derechos de un tercero.
    e) En ciertos casos, la palabra hecho significa el caso o la especie de que se trata en una discusión o litigio, en cuyo caso el hecho es la exposición de las circunstancias de que se compone el negocio contencioso. La exposición de los hechos debe preceder a la de los fundamentos de Derecho.
    f) La voz hecho se toma a veces en sentido contrapuesto a Derecho; y así se usa de la expresión de hecho, para denotar que en una causa se procede arbitrariamente por vía de fuerza, y contra lo prescrito en el Derecho.
    Para el Cód. Civ. arg. son hechos "todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos u obligaciones" (art. 896).
    Los principios fundamentales de los hechos en relación con el Derecho se exponen en la voz HECHO JURÍDICO. Para lo procesal, en los artículos HECHOS y HECHOS PROBADOS, (V., además, ACCIÓN, ACTO, CONDICIÓN IMPOSIBLE, DE HECHO; HOMBRE, IGNORANCIA, JUEZ y PRESUNCIÓN DE HECHO.) (101, 916, 2.204, 2331, 2.534, 2.894, 2.727, 2.728, 2.735, 3.178, 3265, 3373, 4.011, 4.165, 4.430, 4.489, 4.991, 5.031, 5.451, 6.061, 6298, 6.493.)

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