- El que por disposición expresa de la ley ha de constituir fianza, ya judicial, ya extra judicial, como la del tutor. El fiador legal, como el judicial, ha de tener capacidad para obligarse y bienes suficientes para garantizar la obligación o responsabilidades, (v. FIANZA LEGAL.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda