- Muerte violenta dada a un feto humano. El feticidio no es sino el delito de aborto criminal, y no una variedad de éste; pues constituye sutileza sin trascendencia pretender distinguir entre la muerte causada al feto por móvil contra él y que la misma resulte indirectamente por el deseo de la madre o de un tercero de librar a ésta del embarazo prematuramente. Si el feto nace con vida, la muerte de él constituye infanticidio. (v. ABORTO, FETO, INFANTICIDIO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda