- Favorecedor; quien auxilia o ayuda a otro. En el Derecho Penal, aun no siendo tecnicismo moderno, coautor o cómplice; todo el que ayuda o favorece a otro para que cometa un delito. En el Cód. Pen. esp. de 1822 se establecían, en su art. 16, las diversas clases de fautores o auxiliadores. Estas especie eran: 1* el concierto voluntario y consciente para ejecutar un delito; 2* la ayuda, después de cometido el delito, para ocultarlo o encubrirlo, o aprovecharse de las consecuencias del mismo; 3* el convenio para ejecutar un delito o, habiéndolo preparado, ser causa de que se cometa otro mayor o diferente; 4* la inducción; 5* el concierto con los autores materiales, previamente a la comisión del delito, para aceptar u ocultar la persona de los delincuentes o esconder las armas o efectos del delito; 6* servir de espías o centinelas mientras se lleva a cabo un delito, (v. CÓMPLICE, ENCUBRIDOR, INDUCTOR, RECEPTADOR.)
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