Definición de FADIGA


    Derecho de tanteo y retracto que en Cataluña corresponde al dueño del dominio directo en la enfiteusis. Derecho de reversión perteneciera al señor feudal cuando el vasallo o feudatario enajenaba su feudo o derechos. Especie de laudemio o cantidad que los dueños directos en la enfiteusis o los propietarios feudales percibían por renunciar a la prelación con que contaban al enajenarse el dominio útil enfitéutico o el predio enfeudado.


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