- Acto de desenterrar o sacar de la sepultura restos humanos. Se distinguen cuatro clases de exhumación: a) la administrativa, por razones de salubridad, por vencimiento de la concesión funeraria u otra disposición de la autoridad; b) a solicitud de parte interesada, cuando la familia del sepultado, sus albaceas u otra persona que alegue derecho o interés, pretenda trasladar los restos mortales o proceder a su incineración; c) la judicial, para practicar o ampliar una autopsia o para comprobar cualquier delito o sospecha vehemente de índole penal; d) la criminal, ya pretenda el lucro, la ofensa a la memoria del muerto o el sensaciona- lismo. Estos casos están penados como violación de sepulturas o profanación de cadáveres (v.e.v.). Existen también otras exhumaciones de menor interés jurídico, como las arqueológicas, en necrópolis antiguas o en los enterramientos de personajes célebres, (v. CADÁVER, ENTIERRO, INHUMACIÓN.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual