- Se califican así las fábricas, talleres y otros lugares de trabajo o de investigación que ofrecen peligro para la salud de los empleados en ellos o de la vecindad; y también los que por los ruidos que provocan, humos u olores que despiden, etc., son causa de molestia y de riesgos para la salud.
De manera general, el art. 1.908 del Cód. Civ. esp. determina la responsabilidad civil de los propietarios cuando los humos excesivos de sus establecimientos, las emanaciones de cloacas o depósitos de materias infectantes perjudiquen a otras personas o propiedades.
En el Derecho Laboral se consideran instalaciones y establecimientos insalubres los que por su propia naturaleza suponen una amenaza o daño para la salud de los trabajadores, debido a los materiales empleados, elaborados o desprendidos y a los residuos, sean sólidos, líquidos o gaseosos. La declaración de insalubridad corresponde a las leyes o a las autoridades, (v. ENFERMEDAD PROFESIONAL.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual