- Manchar o poner sucia alguna cosa. El Cód. Pen. esp. de 1944 castiga como falta, y con multa, a los que mancharen estatuas o pinturas en calles, parques, jardines o paseos, u objetos de público ornato, utilidad o recreo (art. 579). En sentido figurado, mancillar, deshonrar.
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual