Definición de EMIGRANTE


    Para la Academia, "el que por motivos no políticos abandona su propio país para residir en otro". De acuerdo con el art. 2o de la Ley de Emigración española, de 21 de diciembre de 1907, se "consideran emigrantes, los españoles que se proponen abandonar el territorio patrio, con pasaje retribuido o gratuito de tercera clase, o de otra, que el Consejo Superior de Emigración declare equivalente, y con destino a cualquier punto de América, Asia u Oceanía". (v. EMIGRACIÓN, EMIGRADO.)

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