Definición de EGOÍSMO


    Amor propio excesivo. II Exclusivismo o anteposición resuelta del interés propio, con olvido o desprecio de lo ajeno.
    Sin más beneficio que el del individuo en concreto, las consecuencias del egoísmo se traducen en negativismo jurídico; en el ejercicio dé las facultades propias, produce el abuso del derecho; en cuanto al patrimonio, arrastra a los excesos de la avaricia o de la prodigalidad, según se vea en los bienes •un fin o un medio; en la^ vida de los pueblos, provoca el fenómeno nefasto del nacionalismo y del "nazismo", que constituye su abreviatura gramatical, pero exageración en el contenido; en la guerra propende a la cobardía.


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