Definición de "DISTRACTIO BONORUM"


    En el Derecho romano, venta al por menor de los bienes de un deudor insolvente. En el Derecho clásico, la distractio bonorum fué admitida excepcionalmente; mientras en la época justinianea se convirtió en regla general esta venta confiada al curador que nombraba el magistrado, (v. INSOLVENCIA, SUBASTA JUDICIAL.)

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