- Menoscabo, merma; pérdida o deterioro. Rebaja, descuento.
En las sucesiones, a causa de la$ legítimas, mejoras y reservas; en materia de insolvencia, tanto en las quiebras como en los concursos; en los contratos, por lesión o error en la cabida o cuantía; y en otras relaciones o situaciones jurídicas, ha de pro- cederse a disminuciones por disposición de la ley o por acuerdo de las partes.
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