- El desprecio u ofensa de la que merezca la víctima del delito configura circunstancia agravante incluida en el no 16 del art. 10 del Cód. Pen. esp. Es de las sometidas al libre arbitrio judicial. La jurisprudencia se basa en la diferencia de posición social especialmente, (v. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual