- Lo que devuelve o restituye. En términos procesales, es el efecto que produce la apelación al pasar o devolver al juez superior el conocimiento de las resoluciones tomadas por el inferior, sin suspender la ejecución de las mismas. En este significado, se opone a efecto suspensivo, el cual, suspende la ejecución de lo resuelto por el juez inferior hasta el pronunciamiento del superior, (v. EFECTO DEVOLUTIVO y SUSPENSIVO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual