- Desgracia considerable. Perjuicio grave. Infortunio nacional; como pérdida del territorio, batalla o guerra. Desventura personal o familiar de grave repercusión en el ánimo. Calamidad o caso fortuito extraordinario. En relación con estos desastres, se admite la rebaja de la renta en los arrendamientos, salvo pacto en contrario, en los supuestos de incendio, guerra, peste, inundación insólita, langosta, terremoto u otro desastre igualmente desacostumbrado.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual