- Acción o efecto de demoler. | | Derribo de una construcción.
Para el propietario de un edificio, pared, columna o cualquiera otra construcción que amenace ruina, el art. 389 del Cód. Civ. esp. establece como obligatoria la demolición, o la reparación para evitar, la caída.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual