- Manifestación, por lo general clandestina o anónima, que se hace de un delito, o de los actos preparatorios para cometerlo, y de la intervención en aquél o en éstos de las personas que constituyen 8us autores, cómplices o encubridores. La delación, que no reviste la forma de denuncia ni de querella, sólo pretende excitar la actuación de la autoridad.
La delación, en que suele ocultarse quien la hace, configura delito cuando es falsa. Como norma, toda acusación o denuncia debe formularse de modo que permita conocer a quien la hace, aun cuanda el juez o tribunal pueda mantener el secreto sobre la identidad del denunciante, para el éxito de las diligencias o impedir venganzas. Las denuncias anónimas sólo deben ser admitidas en circunstancias excepcionales; por ejemplo, cuando no se advierta móvil rencoroso, sobre todo político, debe procederse a tantear las pistas verosímiles, indicadas a veces anónimamente por tímidos o amenazados.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual