- En las causas seguidas ante los tribunales de cualquiera jurisdicción, falta en que incurren al no aplicar estrictamente las leyes procesales, el Derecho adjetivo; tal infracción u omisión permite recursos de variada índole, desde el de simple reposición ante el mismo juez o tribunal que haya dictado la resolución recurrida hasta los de nulidad de las actuaciones, dispuesta por autoridad jerárquica superior. Su expresión máxima la integra el recurso de casación por quebrantamiento de forma (v.e.v.). {5.203.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual