Definición de CORTES CONSTITUYENTES


    Se denominan de esta manera la cámara o cámaras convocadas con objeto de modificar, revisar o dar la constitución política por la cual se rige o ha de regirse un Estado.
    Por lo común, las Cortes Constituyentes se reúnen en circunstancias anómalas, como consecuencia de una revolución triunfante, que da por terminado el régimen precedente, o para poner término a una interinidad legal en una nación, como el caso de Francia luego de la ocupación alemana durante la Segunda guerra mundial. Por eso resultan casi siempre superfluas las cuidadosas disposiciones que las Constituciones suelen establecer para su propia reforma. La española de 1931 exigía propuesta del gobierno o de la cuarta parte de los miembros del Parlamento; había de ser aprobada como ley, pero con mayoría especial. Ello significaba la disolución automática de las Cortes y la convocatoria de otras, que serían primero constituyentes sobre la reforma propuesta, y luego actuarían como Cortes ordinarias (art. 125 de la Const.).
    Acerca de las Cortes de esta índole en la historia parlamentaria esp., v. CONSTITUYENTES; y además, CORTES ORDINARIAS.


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