- A consecuencia de este régimen, el patrono o empresario necesitado de obreros se ve obligado a aceptar a los miembros del sindicato que se encuentren sin ocupación. Tan sólo si todos ellos tienen empleo, o rechazan el ofrecido, puede el patrono contratar con plena libertad. Además, cuando las condiciones de la producción exijan reducciones de personal, los despidos empezarán por los trabajadores no sindicados. El sindicato tiene, y de ahí el nombre, un Trato preferente, que compensa en cierto modo la protección que a la clase trabajadora presta. Este sistema fué adoptado, en Nueva York y en 1913, durante la huelga de los trabajadores de la confección.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual