- Denominación que en el Cód. Civ. esp. se da al empleado administrativo principal de un buque, designado en el art. 649 del Cód. de Com. con el nombre de sobrecargo (v.e.v.).
Además de sus específicas tareas sobre la contabilidad marítima, este contador desempeña importantes funciones de índole civil. Así, autoriza los matrimonios que se celebran a bordo en caso de inminente peligro de muerte, que se entienden condicionados a la prueba legal de libertad de los contrayentes (art. 94 del Cód. Civ. esp.). Además, ante el contador de un barco de guerra, o del que haga sus veces, cabe otorgar testamento abierto o cerrado (art. 722 de igual cód.).
[Inicio] >>

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales